Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor sentenciador, que previo el inspección de mi personería para desempeñarse como agente de la parte demandante. https://socialnetworkadsinfo.com/story21356869/se-desconoce-detalles-sobre-demanda-laboral-pdf